Respuestas clave
Tras la realización, a finales del pasado 2024, de un Webinar dedicado a las nuevas obligaciones en materia de envases y embalajes para nuestro Sector, fueron muchas las preguntas planteadas por Distribuidores y Fabricantes de Material Eléctrico.
Aquí tienes las respuestas a las preguntas planteadas:
¿CÓMO TENEMOS DE ETIQUETAR LOS ENVASES?
Las obligaciones de marcado vienen recogidas en el Artículo 13 del RD ERE. Los envases deberán ostentar los marcados regulados en este artículo, bien sobre el propio envase o bien en la etiqueta. Dicho marcado deberá ser claramente visible y fácilmente legible y deberá tener una persistencia y durabilidad adecuadas, incluso después de abierto el envase. Se pueden dividir las obligaciones de marcado entre las obligatorias, voluntarias y prohibidas.
Obligatorias:
Indicar si el envase es reutilizable, mediante el símbolo asociado al Sistema de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR) que se escoja.
Sólo para envases domésticos, indicar el contenedor en el que deben depositarse los residuos.
Sólo para envases plásticos compostables, el etiquetado informara que el envase está certificado bajo la norma UNE EN 13432:2001.
Voluntarias:
Indicar el material del que está compuesto.
Indicar el porcentaje de material reciclado que contienen.
Indicar la reciclabilidad del envase.
El símbolo acreditativo del SCRAP al que pertenece.
Prohibidas:
Se prohíbe el marcado de los envases con las palabras «respetuoso con el medio ambiente», o cualquier otro equivalente que pueda inducir a su abandono en el entorno
Con respecto al símbolo del SDDR para envases reutilizables, AMBIENVASES está trabajando en un símbolo identificativo que será puesto a disposición de las empresas que manifiesten su voluntad de adherirse a AMBIENVASES.
¿CUÁLES SON LAS IMPLICACIONES EXACTAS DE PARTICIPAR EN EL GRUPO DE TRABAJO? ¿SE PREVÉN REUNIONES CON X FRECUENCIA? ¿Y QUÉ OBLIGACIONES LEGALES Y ECONÓMICAS SUPONE ESTAR EN EL GRUPO?
El Grupo de Trabajo transitorio está concebido como el foro de participación y acompañamiento para aquellos productores que quieran estar involucrados en el diseño de la operativa futura de AMBIENVASES que comenzara en 2025. Este Grupo Transitorio será el encargado de definir las operativas de gestión, el diseño y puesta en marcha del Sistema de Deposito, Devolución y Retorno de envases reutilizables, la posible comunicación y acciones de captación a desarrollar y participará de la elaboración de la propuesta final de tarifas a aplicar a partir del año 2025, entre otras acciones.
Para poder participar en el Grupo de Trabajo transitorio que se pondrá en marcha en febrero de 2024 será necesario la firma de un documento de confidencialidad que incluirá la manifiesta intención del productor de su futura adhesión al SCRAP AMBIENVASES en el momento en el que esté autorizado. La participación no conlleva ningún coste económico.
La frecuencia de reuniones será determinada por el propio Grupo de Trabajo en su primera sesión, siendo esperables reuniones bimensuales.
HOLA, NOSOTROS TENEMOS DUDAS RESPECTO SI NOS APLICA O NO EL RD. Y NO NOS HEMOS DADO DE ALTA AL REGISTRO. ¿ESTAMOS A TIEMPO? ¿OFRECÉIS ASESORAMIENTO PARA RESOLVER SI REALMENTE NOS APLICA O NO Y SOMOS PRODUCTOR DE PRODUCTO?
Desde AMBIENVASES ofrecemos un servicio de acompañamiento al productor en todas las fases de implementación del RDERE, desde el Registro como productor hasta la efectiva implantación de las distintas obligaciones tanto individuales como colectivas en las empresas.
Si del análisis, se determina la obligatoriedad de inscribirse en dicho Registro, las empresas deberán proceder a su inscripción lo antes posible.
ECONÓMICAMENTE QUE COSTE TIENE ESTA NUEVA DECLARACIÓN PARA EL PRODUCTOR
Actualmente no existen unas tarifas aprobadas para esta nueva declaración de envases comerciales e industriales, ya que las mismas serán propuestas por el Grupo de Trabajo transitorio.
No obstante, si podemos prever que las mismas serán significativamente inferiores a las actuales tarifas vigentes en el mercado para los envases domésticos.
DENTRO DEL TRATAMIENTO DE LOS ENVASES NO RETORNABLES, PERO SÍ REUTILIZABLES ¿CÓMO SE HARÁ LA GESTIÓN? POR EJEMPLO, LOS PALETS
Para que un envase sea reutilizable deberá cumplir simultáneamente todos los requisitos siguientes:
Tener unas propiedades y características físicas que permitan efectuar varios circuitos o rotaciones en condiciones normales de uso.
Una vez usados, deberán ser susceptibles de tratamientos que permitan el cumplimiento de los requisitos de salud y seguridad de los trabajadores y consumidores.
Deberán fabricarse de forma tal que puedan cumplir los requisitos específicos para los envases valorizables cuando dejen de ser reutilizados y pasen a ser residuos de envases.
Los productores de productos que introduzcan en el mercado envases reutilizables estarán obligados a establecer un Sistema de Deposito, Devolución y Retorno de envases reutilizables mediante la constitución de sistemas individuales o colectivos de responsabilidad ampliada del productor. Los SDDR están obligados a:
Cobrar a sus clientes, hasta el consumidor final y en concepto de depósito, una cantidad por cada unidad de envase que sea objeto de transacción.
Aceptar la devolución o retorno de los envases usados cuyo tipo, formato o marca comercialicen, devolviendo la misma cantidad que haya correspondido cobrar.
AMBIENVASES creará un SDDR al que podrán adherirse sus productores facilitando de este modo el cumplimiento de las distintas obligaciones previstas. El diseño de este SDDR se realizará desde lo ya existente, de modo que no se modifiquen las dinámicas que se están realizando actualmente. En este sentido, AMBIENVASES dará forma a los sistemas informales de reutilización actualmente implantados por los productores para que den cumplimiento al RD ERE.
NOS HEMOS DADO DE ALTA COMO PRODUCTORES DE PRODUCTO EN MITECO, PERO NOS INDICAN QUE TENEMOS UN MES PARA COMUNICAR CON QUE SCRAP NOS ADHERIMOS. ¿QUÉ OCURRE SI NO NOS HEMOS ADHERIDO AUN HASTA SEPTIEMBRE 24?
El plazo para indicar con que SCRAP se dará cumplimiento a las obligaciones para envases comerciales e industriales es en todo caso, antes del 31 de diciembre de 2024. En este periodo transitorio hasta 31 diciembre 2024, el Registro permite no indicar de forma expresa el SCRAP, seleccionando la opción de NO CONSTITUIDO.
¿CÓMO SE REALIZARÁ ESA GESTIÓN INDIRECTA CON EL SCRAP DE ENVASES DOMÉSTICOS? ¿SE UTILIZARÁ UNA PLATAFORMA ÚNICA QUE ENGLOBE TODA LA TIPOLOGÍA DE ENVASES, DOMÉSTICOS, COMERCIALES E INDUSTRIALES?
Efectivamente, la plataforma de declaraciones única de AMBIENVASES permitirá declarar en un solo acto los envases domésticos, comerciales e industriales. Esto es posible gracias a los acuerdos con SCRAP de envases domésticos a los que estamos llegando.
¿QUÉ RELACIÓN HAY ENTRE LA DECLARACIÓN DE ENVASES Y EMBALAJES Y EL IEPNR? Y SI TAMBIÉN EN LA PLATAFORMA EXISTIRÁ ALGÚN PUNTO DE ESTE TEMA.
Son dos declaraciones independientes de dos normas distintas, por lo tanto, no existe interrelación entre ambas plataformas.
¿CUÁNDO ENTRE EN VIGOR EL SCRAP EN 2025 YA NO NECESITAREMOS AL GESTOR DE RESIDUOS QUE AHORA NOS RECOGE DICHOS MATERIALES?
AMBIENVASES está abierto a la gestión bajo dos modelos de acuerdos con poseedores finales del residuo de envase. Para aquellos que quieran seguir trabajando con sus gestores tal y como lo vienen haciendo hasta ahora, firmaremos acuerdos para que simplemente se nos traslade la información de gestión que necesitamos para reportar a la Administración. Si por el contrario, el poseedor final prefiere que desde AMBIENVASES se le preste un servicio de gestión directa de los envases comerciales e industriales, llegaremos a acuerdos de forma directa con estos poseedores para determinar las operativas de recogida.
A LA HORA DE COMPRA ¿TIENEN QUE LLEVAR ALGÚN SÍMBOLO?
Los distribuidores de productos envasados deben comercializar productos envasados procedentes de productores que dispongan del número de identificación del productor del Registro de Productores de Productos.
SI EL MATERIAL Y LA FACTURACIÓN A NUESTROS CLIENTES SE REALIZA DIRECTAMENTE DESDE NUESTRA CENTRAL EN ALEMANIA Y DESDE ESPAÑA REALIZAMOS SOLAMENTE LA PARTE COMERCIAL, ¿TAMBIÉN ESTAMOS OBLIGADOS A REALIZAR DAE?
Sí, mediante la designación de un Representante Autorizado en nombre de vuestra central en Alemania. La parte comercial puede convertirse en representante autorizado de la central en Alemania.
¿LOS ENVASES DE ENVÍOS DIRECTOS DESDE ALEMANIA AL CLIENTE ESPAÑOL TAMBIÉN DEBEN TENER EL ETIQUETADO DE ENVASES?
Todo envase comercializado en el mercado español, independientemente de su origen, debe llevar el marcado regulado en la normativa estatal, en este caso el RD ERE (véase respuesta a la pregunta 1 sobre el marcado)
SI NO ERES FABRICANTE DE PRODUCTOS, PERO SÍ IMPORTADOR, ¿SE CONSIDERA EN ESTE CASO QUE ERES PRODUCTOR?
Sí. El Artículo 2.t del RD ERE define el productor como: “Productor de producto: los envasadores o los agentes económicos dedicados a la importación o adquisición en otros Estados miembros de la Unión Europea de productos envasados para su puesta en el mercado”.
LAS EMPRESAS QUE YA PAGAMOS POR EL IMPUESTO DEL PLÁSTICO ACTUALMENTE, ¿NO HAY CIERTA DOBLE IMPOSICIÓN SI EN 2025 DEBEREMOS PAGAR OTRA TASA PARA EL RECICLAJE DE DICHOS PLÁSTICOS?
Son dos normativas distintas con dos objetos y ámbitos de aplicación distintos.
EL NÚMERO DE REGISTRO DE PRODUCTOR DEFINITIVO, ¿CUÁNDO LO EMITEN? DE MOMENTO SOLO TENEMOS UN NUMERO DE REGISTRO DE SOLICITUD
Entrando en la plataforma de la Sección Envases se puede descargar. Si tenéis dudas, contactad con nosotros y os pasamos nuestra Guía de Alta de Productor donde se explica este particular. Si eres ya productor de AMBILAMP os la remitimos ya en mayo de este año a través de nuestro correo de asistencia institucional.
SI LA MERCANCÍA VIENE PALETIZADA, CUBIERTA CON PLÁSTICOS (REUTILIZABLE Y NO REUTILIZABLE) Y ALGO DE CARTÓN, ¿HABRÍA QUE DECLARAR TODOS ESOS ENVASES?
Sí, se define envase como (Art 2.f RD ERE): “todo producto fabricado con materiales de cualquier naturaleza y que se utilice para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar mercancías, desde materias primas hasta artículos acabados, en cualquier fase de la cadena de fabricación, distribución y consumo. Se considerarán también envases todos los artículos desechables utilizados con este mismo fin”.
AMBIENVASES EXIGE ALGÚN TIPO DE CUOTA INICIAL DE ADHESIÓN
No. En AMBIENVASES la contribución está relacionada con las cantidades (en peso) comercializadas, sin existir cuota inicial de adhesión.
NOSOTROS HACEMOS LA DECLARACIÓN DE RAEES A TRAVÉS DE VUESTRA PLATAFORMA, PERO LA DE ENVASES LA HACEMOS A TRAVÉS DEL MINISTERIO. ¿SE SUPONE QUE LA UNIFICACIÓN DE LA DECLARACIÓN SE REALIZARÁ A TRAVÉS DE VUESTRO APLICATIVO? GRACIAS
Sí. Mediante un apoderamiento que se suscribirá en el momento de la firma del contrato de adhesión, podremos dar traslado de la declaración de envases al Ministerio. De esta forma, declararéis en la plataforma interna vuestros RAEEs, Pilas y Baterías y Envases.
¿LA PROPIEDAD DE LOS ENVASES REUTILIZABLES ES SIEMPRE DEL PRODUCTOR DE PRODUCTO?
No. Existen distintos modelos en función de la propiedad del envase. En el caso de los envases industriales y comerciales reutilizables que se introduzcan en el mercado a través de prestadores de servicios de envases reutilizables, serán estos agentes económicos quienes cumplan las obligaciones exigidas a los productores de producto respecto a los SDDR.
EL REAL DECRETO OBLIGA A ASEGURAR LA TRAZABILIDAD A LO LARGO DE LA CADENA DE SUMINISTRO, CENTRÁNDONOS EN LOS ENVASES INDUSTRIALES REUTILIZABLES DE ALTO VALOR SE HA PREVISTO IDENTIFICARLOS CON LA TECNOLOGÍA RFID PASIVA PARA AUTOMATIZAR SUS CAMBIOS DE ESTADO HASTA QUE ESTE LLEGA AL GESTOR DE RESIDUOS, MUCHAS GRACIAS
Efectivamente se exige una trazabilidad de los envases reutilizables para los Sistemas SDDR que se formalicen. En AMBIWASTE, entidad gestora que dará servicio a AMBIENVASES, conocemos perfectamente los sistemas RFID ya que aplicamos esta tecnología en la trazabilidad de residuos de lámparas desde hace más de 10 años, por lo que será una posibilidad su uso también en envases. En todo caso, la tecnología a utilizar todavía no ha sido escogida.
Fuente: ADIME-AFME-AMBIENVASES
Comentarios