Noticias

Luis Collado analiza la propuesta del Reglamento Europeo contra la morosidad en El Economista

Timtul Timtul,

El presidente de AECIM y del Observatorio de la Morosidad de CEPYME y Tesorero de ADIME, celebra que el nuevo reglamento europeo facilita su implantación de forma simultánea y rápida en todos los países de la Unión Europea, pero recalca que aún queda mucho camino que recorrer



Luis Collado, en un artículo concedido al medio El Economista, habla sobre uno de los temas más recurrentes entre las pequeñas y medianas empresas (pymes), la morosidad en los pagos. Por ello, el también presidente del Observatorio de la Morosidad de CEPYME, expresa su opinión una vez que la Comisión Europea ha presentado una propuesta para el nuevo reglamento sobre la lucha contra la morosidad ante el Parlamento Europeo.



Dado que, tal y como menciona Collado, «desde el Observatorio de la Morosidad de Cepyme, hemos participado activamente, a través de nuestras propuestas y de las reuniones mantenidas con diversas instituciones españolas y europeas en las propuestas de elaboración de este reglamento», celebra que el hecho de que se presente como reglamento y no como directiva facilita su implantación de forma simultánea y rápida en todos los países de la Unión Europea, dado que en él se abordan cuestiones cruciales relacionadas con los pagos atrasados en transacciones comerciales entre empresas y entre empresas y administraciones públicas.



Aspectos clave del nuevo reglamento europeo

Tal y como explica en El Economista, «se trata de un paso importante en la dirección correcta y quiero destacar algunos aspectos clave de esta propuesta que considero fundamentales para impulsar la lucha contra la morosidad»:



  • Establecimiento de plazos de pago razonables

El nuevo reglamento establece que el período de pago no debe exceder los 30 días a partir de la recepción de la factura o solicitud equivalente de pago por parte del deudor, siempre y cuando éste haya recibido los bienes o servicios.

Sin embargo, considera que es necesario definir los periodos de aplicación, ya que no debería ser de simultáneos a todas las empresas, sino escalonada en el tiempo. Anteponiendo a las de mayores recursos para poner en el circulante esa deuda latente.


  • Intereses de demora automáticos

Esto significa que, si el deudor no realiza el pago dentro del período especificado en la factura y se cumplen ciertas condiciones, se deben abonar intereses de demora automáticamente. Esto proporciona un incentivo adicional para que las empresas paguen a tiempo y compensa a los acreedores por los costes financieros adicionales asociados con los pagos atrasados.



  • Compensación por costes de recuperación

A pesar de ser un avance positivo en la protección de los derechos de los acreedores, para Collado es fundamental aclarar un punto específico en la propuesta: la «compensación a tanto alzado por cada transacción adeudada y pagada con retraso, que se ha aumentado hasta 50 euros para reflejar la inflación». Este punto deja margen para la interpretación, ya que no especifica si los 50 euros son una cuota fija o un mínimo. «En mi opinión, la indemnización debería incrementarse en un porcentaje en función de la cantidad adeudada y los intereses devengados. «, explica el presidente.



  • Transparencia y protección de las pymes

El nuevo reglamento también exige que los Estados miembros publiquen las tasas de interés de demora aplicables en sus respectivos países. Esta información accesible es esencial para que las pymes puedan conocer sus derechos y proteger sus intereses en caso de pagos atrasados.



  • Promoción de herramientas digitales y formación financiera

Además, el reglamento fomenta el uso de herramientas digitales para la aplicación efectiva de estas disposiciones, lo que podría agilizar el proceso y garantizar que las empresas estén al tanto de sus derechos y responsabilidades en términos de plazos de pago. Por ello, subraya la importancia de la formación financiera y la gestión del crédito para las pymes, dado que es esencial para que las empresas puedan tomar decisiones financieras sólidas y evitar problemas relacionados con los pagos atrasados.


Si quieres leer el artículo completo, pincha AQUÍ.


Fuente: AECIM

TE LO CONTAMOS AQUÍ


Comentarios


Para comentar, por favor inicia sesión o crea una cuenta
Modificar cookies